35. El reglamento del o los Consejos/Comités Municipales donde se prevé que las sesiones ordinarias y extraordinarias sean públicas (con acceso para el ciudadano).
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Información sobre si las sesiones son públicas con acceso para el ciudadano (Formato abierto). / PDF
| CONSEJO | FUNDAMENTO |
| CONSEJO MUNICIPAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
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Reglamento del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública Municipal de Ixtlahuacán de los Membrillos / Formato Abierto
Artículo 14.- Las sesiones del Consejo Ciudadano podrán ser ordinarias y extraordinarias, y deberán ser públicas y abiertas, siempre que la naturaleza de los temas a tratar no tengan la calidad de reservadas, de acuerdo a lo establecido en la convocatoria. |
| CONSEJO MUNICIPAL DE DESARROLLO URABANO | Reglamento del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano de Ixtlahuacán de los Membrillos / Formato Abierto
Artículo 17.- El Consejo celebrará las sesiones ordinarias de trabajo que se requieran debiendo ser por lo menos una por mes, y tendrán el carácter de sesiones públicas con acceso a la ciudadanía. Artículo 18.- Las convocatorias a las sesiones deben notificarse por escrito a todos sus integrantes con un mínimo de cuarenta y ocho horas de anticipación, respetando el orden de día en ellas establecidos, las cuales serán públicas y abiertas y deberán video grabarse. |
| COMITÉ DE PARTICIPACIÓN Y PLANEACIÓN PARA EL DESARROLLO MUNICIPAL DE IXTLAHUACÁN DE LOS MEMBRILLOS | Reglamento Interior del Consejo de Participación y Planeación para el Desarrollo Municipal de Ixtlahuacán de los Membrillos / Formato Abierto
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| CONSEJO CIUDADANO DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA | Reglamento del Consejo Ciudadano de Transparencia e Información Pública del Municipio de Ixtlahuacán de los Membrillos / Formato Abierto
Artículo 20.- Las convocatorias a las sesiones deben notificarse por escrito a todos sus integrantes con un mínimo de cuarenta y ocho horas de anticipación, cuando se traten de sesiones ordinarias. En el caso de las sesiones extraordinarias están deberán de convocarse con veinte cuatro horas de anticipación. Las sesiones del Consejo son públicas y abiertas. Así mismo, Artículo 12 del Decreto de Reforma y Adiciones a los artículos 6 y 12 del Reglamento del Consejo Ciudadano de Transparencia e Información Pública del Municipio de Ixtlahuacán de los Membrillos / Formato Abierto Artículo 12.- Las sesiones del Consejo podrán ser ordinarias y extraordinarias, y deberán de ser públicas y abiertas, y podrá asistir cualquier persona para que aporte sus experiencias en las materias propias del mismo; servidores públicos, especialistas, representantes de las Universidades, Colegios de Profesionistas u otros representantes de los sectores sociales, así como la ciudadanía en general quienes tendrán derecho a voz, pero no tendrán derecho a voto. |

