33. Información sobre si el o los reglamentos de los Consejos/Comités Municipales establece que la selección de los nuevos integrantes ciudadanos debe realizarse a mitad del periodo de gobierno o de forma escalonada o que el cambio no se dé al inicio de la Administración.
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De conformidad con el artículo 276 fracción IV del Reglamento de Participación Ciudadana para la Gobernanza de Ixtlahuacán de los Membrillos Jalisco, para garantizar la continuidad de los trabajos de los consejos sociales, la renovación de sus consejeros ciudadanos se realizará de manera escalonada, particularmente en sus incisos b) y c se establece que:
b) Las consejerías ciudadanas A se renovarán en el mes de julio del año siguiente a aquel en que haya iniciado el periodo del Gobierno Municipal;
c)Las consejerías ciudadanas B se renovarán en el mes de julio del tercer año siguiente a aquel en que haya iniciado el periodo del Gobierno Municipal
Consulta más información en el reglamento dando click aquí.
A continuación, se describe información específica sobre la integración y renovación de los integrantes de los consejos:
**Los consejos municipales son organismos sociales por lo que les es aplicable el Reglamento de Participación Ciudadana para la Gobernanza de Ixtlahuacán de los Membrillos Jalisco, de conformidad con los artículos 275 y 276 de dicho ordenamiento.